Comprometida con la protección de datos

En el ejercicio de la psicología con menores, existen normativas legales que regulan el consentimiento para la intervención y la protección de sus datos personales. A continuación, explicamos de forma clara cuándo es necesario que ambos progenitores firmen y cuándo basta con uno solo.

De esta forma, cuando acudas a consulta conmigo, sabrás cuándo será necesario acudir acompañado/a o no.

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Ley de Protección de Datos Personales

Según la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD):

  • Para menores de 14 años, el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales debe ser otorgado por ambos progenitores si tienen la patria potestad compartida.

  • A partir de los 14 años, el/la menor puede firmar su propio consentimiento para la protección de datos personales, sin necesidad de sus padres/madres o tutores.

  • En casos de patria potestad exclusiva, bastará con la firma del progenitor que la tenga.

Consentimiento Informado para la Intervención Psicológica

Según la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente:

  • Para menores de 16 años, el consentimiento para recibir intervención psicológica debe ser otorgado por sus progenitores si tienen la patria potestad compartida.

  • A partir de los 16 años, el menor puede decidir por sí mismo recibir atención psicológica, salvo que el tratamiento implique riesgos graves para su salud.

¿Qué pasa si los progenitores están separados o en conflicto?

  • Si tienen patria potestad compartida, ambos deben autorizar la intervención psicológica del menor.

  • Si uno tiene patria potestad exclusiva, solo ese progenitor debe dar el consentimiento.

  • Si existe conflicto y uno de los progenitores no está de acuerdo, no se podrá llevar a cabo la consulta hasta que se resuelva el acuerdo.

El Consentimiento Informado es el proceso mediante el cual el profesional de la psicología informa al cliente sobre los aspectos relevantes de la intervención terapéutica, asegurándose de que el cliente comprende y acepta voluntariamente las condiciones del tratamiento. Esto incluye explicar los objetivos, procedimientos, beneficios, posibles riesgos y alternativas del tratamiento propuesto.

El Código Deontológico del Psicólogo establece que el psicólogo debe obtener el consentimiento informado del cliente antes de iniciar cualquier intervención.

La Protección de Datos Personales se refiere al derecho fundamental de las personas a controlar el uso que se hace de sus datos personales, garantizando su privacidad y seguridad. En el ámbito de la psicología, esto implica que cualquier información obtenida durante el proceso terapéutico debe ser manejada con estricta confidencialidad y conforme a la legislación vigente.

Para más información, puedes consultar la Política de Privacidad del Consejo General de la Psicología de España.